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ADMISIÓN Y MATRÍCULA 2019/2020 » SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
ADMISIÓN Y MATRÍCULA 2019/2020
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

MATRÍCULA 2019-2020

El 21 de junio se publicarán los listados definitivos de adjudicación de elección de centro.

MATRÍCULA Del 24 de junio al 28 de junio

 DOCUMENTACIÓN A  PRESENTAR:

  • Solicitud de admisión.
  • Fotocopia del Libro de Familia.
  • Fotocopia de la Cartilla de Vacunaciones.
  • Fotocopia de la Cartilla de la Seguridad Social.
  • 2 Fotografías
  • Fotocopia DNI de los tutores.
  • Para los niños de Primaria que vengan de otro centro, Certificado de traslado expedido por el centro de procedencia.

 Descarga aquí el impreso de matrícula para Educación Infantil y Primaria

SOLICITUD

¿Dónde puedo obtener la solicitud para participar en el proceso de admisión? Únicamente los alumnos de 6º de primaria matriculados en centros docentes que no puedan continuar o proseguir sus estudios obligatorios en el mismo centro recibirán, por parte de su centro, la solicitud pregrabada con todos los centros a los que está adscrito. Esta solicitud, una vez revisados los datos que figuran en ella será presentada por las familias en el centro docente seleccionado en primera opción en el plazo establecido. En los demás casos el formulario de solicitud de admisión, estará a disposición de los interesados en los centros docentes, en las Direcciones Provinciales de Educación, en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

¿Se puede presentar más de una solicitud? Solamente se presentará dos solicitudes para aquel alumnado que solicite la modalidad de artes, y otra modalidad de bachillerato, el resto de los participantes en el proceso presentará una única solicitud por alumno y se entregará en el centro solicitado en primer lugar.

¿Qué ocurre si presento una solicitud en varios centros? Dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad que puedan corresponder al solicitante, durante el periodo ordinario del proceso de admisión. Su puntuación será de 0 puntos

 ¿Cuántos centros puedo pedir? Si debo cambiar de centro para continuar enseñanzas obligatorias, puedo cumplimentar además de los centros adscritos (aparecen en la solicitud pregrabada) y siete centros más. Si quiero ejercer libremente el cambio de centro puedo cumplimentar hasta un máximo de siete centros.

¿Existen centros educativos preferentes para la escolarización a alumnos con enfermedades grave o particulares circunstancias de salud? SÍ. En cada provincia existen centros preferentes para la escolarización del alumnado con estas características.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

¿Qué documentos debo presentar junto con la solicitud?

La solicitud deberá ser presentada por uno de los solicitantes que figuren en ella, que acreditará su identidad ante el centro de presentación mostrando su DNI. o NIE. a efectos de su cotejo con el indicado en la solicitud. En el caso de ser presentada por otra persona, ésta deberá aportar fotocopia del DNI. o NIE de los solicitantes en la que se incluya autorización escrita de éstos para presentarla en su nombre.Habrá que presentar toda la documentación justificativa de aquellos criterios que el solicitante alegue en el procedimiento de admisión y que cumpla en el momento de presentar la solicitud.

• Fotocopia del libro de familia

• Hermanos matriculados en el centro solicitado se acreditará mediante certificación del centro en la que se especifiquen los datos personales de cada hermano alegado y el curso en el que vaya a estar escolarizado en el siguiente año académico, indicando en su caso si esas enseñanzas no están sostenidas con fondos públicos.

• Progenitores o tutores legales que trabajen en el centro solicitado, en caso de que no se autorice la verificación telemática, se acreditará mediante certificación de dicho centro en la que figuren los datos personales de la persona trabajadora y los referidos al puesto de la plantilla que ocupa.

• Domicilio laboral. La acreditación de esta circunstancia se realizará de las siguientes formas:

a) Para trabajadores por cuenta ajena, mediante certificación de la empresa en la que figuren los datos personales de la persona interesada y los referidos al puesto que ocupa y al domicilio en que se desarrolla.

b) Para trabajadores por cuenta propia, mediante una certificación de estar dado del alta en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas y, en su caso fotocopia del pago de la cuota correspondiente al año en curso. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de conformidad con la normativa vigente, el domicilio laboral se acreditará mediante la presentación de una fotocopia de la licencia de apertura expedida por el ayuntamiento correspondiente, o la comunicación previa de actividades, y en ambos casos una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma.

• Las rentas anuales de la unidad familiar.

 Las familias monoparentales que quieran hacer valer esta condición, si en el libro de familia aparecen dos progenitores, deberán aportar además la resolución judicial o la certificación de la que se deduzca fehacientemente que el menor está siendo mantenido exclusivamente por uno sólo de ellos. En caso contrario, el cómputo de la renta deberá realizarse considerando las de ambos progenitores.

 En caso de no autorizar la verificación telemática de las rentas, la acreditación deberá realizarse mediante la aportación de las copias de las declaraciones del IRPF de los solicitantes, incluidas las complementarias si es el caso. En el supuesto de que la familia haya sufrido un empeoramiento de su situación económica que pudiera afectar a la puntuación obtenida en este apartado, deberá aportarse una acreditación de las nuevas circunstancias que quiera hacer valer el solicitante.

• La discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos se acreditará, en caso de no autorizar la verificación telemática, mediante certificación emitida por el organismo competente.

• La proximidad del domicilio de alguno de los progenitores o tutores legales al centro se valorará de acuerdo con la unidad territorial de admisión en que se encuentre incluido. Se puede valorar el domicilio familiar o el domicilio laboral.

•En caso de no autorizar la verificación telemática - domicilio familiar-, la acreditación deberá realizarse mediante certificado o informe de empadronamiento

• Expediente académico del alumno, en caso de optar a enseñanzas de bachillerato, el correspondiente al tercer curso de ESO. La acreditación de esta circunstancia se realizará mediante certificación de calificaciones en que conste la nota media del tercer curso de la ESO, expedida por el centro docente en que se encuentre escolarizado.

• El criterio complementario se realizará mediante certificado justificativo del centro solicitado para el que se quiera hacer valer y del que se deduzca fehacientemente su cumplimiento.

• Tendrá la consideración de familia numerosa la así reconocida en la normativa vigente. En caso de no haber sido emitido o renovado el título en Castilla y León o de no autorizar la verificación telemática, la acreditación deberá realizarse mediante la aportación de copia del título vigente.

Los certificados que correspondan al centro docente en el que se entrega la solicitud serán emitidos de oficio por este y deberán figurar entre la documentación del expediente.

• Alumnado en quien concurra circunstancia de discapacidad motora o auditiva no asociada a una necesidad específica de apoyo educativo y el alumnado en quien concurra enfermedad crónica que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como tratamiento esencial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimenticio cuyo cumplimiento condicione de forma determinante el estado de salud física del alumno. La acreditación de esta circunstancia se realizará mediante el correspondiente certificado médico.

• Alumnado que curse, simultáneamente a las enseñanzas obligatorias, enseñanzas de danza o música o programas deportivos de alto nivel o alto rendimiento. La acreditación de esta circunstancia se realizará mediante certificado de la entidad en la que se cursen dichas enseñanzas o programas.

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